Febrero 27 de 2013

'No creo que pueda haber una iniciativa en salud más relevante en términos constitucionales', Armando Benedetti

El senador, ponente de uno de los proyectos que busca una nueva Ley Estatutaria de Salud, habló sobre la pretensión del Gobierno de lograr que se apruebe antes la reforma a la Ley 100.

Así Vamos en Salud (AVS): ¿Cree que la aprobación de la reforma a la Ley 100 es más importante en estos momentos que la del proyecto de Ley Estatutaria?

Armando Benedetti (AB): La Ley Estatutaria define el alcance del derecho fundamental a la salud, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, es lo que se denomina como "el qué" siendo esta superior en términos jerárquicos, según la propia Constitución por las materias a tratar. La Ley Ordinaria es "el cómo", es decir el modelo que adopta el Estado en materia de salud para garantizar el servicio público. De tal modo que no creo que pueda haber una iniciativa en salud más relevante en términos constitucionales que la que reglamenta un derecho fundamental con su respectivo alcance.

AVS: Si es aprobada la Ley Ordinaria de reforma a la salud antes que la Ley Estatutaria, ¿qué consecuencias traería para el sector salud?

AB: Tiene que tenerse en cuenta que las iniciativas no son excluyentes ni en su contenido, ni en la forma o el tiempo que sean aprobadas, ello quiere decir que perfectamente pueden ser debatidas y entrar en vigencia en diferentes tiempos, sin que haya una situación que genere algún peligro a la salud de la colectividad. En últimas, ambas propuestas buscan mejorar el actual sistema que francamente es ineficiente y atenta sistemáticamente contra los derechos de los colombianos.

AVS: De acuerdo con el panorama anterior, ¿cuánto tiempo más cree que tardaría la aprobación del proyecto de Ley Estatutaria?¿Existe algún riesgo de que por demora no sea válido?

AB: El riesgo de que se archive la iniciativa por vencimiento de términos es latente. Existe un término perentorio para darle cuatro debates al proyecto de Ley Estatutaria de Salud en lo que queda de la legislatura, que comprende del 16 de marzo al 20 de junio del presente año, lo cual de entrada hay que decir que es algo difícil, pero no imposible, si es bien entendida la iniciativa y no surgen contradictores infundados buscando protagonismo político.

AVS: ¿Cree que el proyecto de ley del cual es ponente engrana con la estructuración del sistema que propone el Ministerio como Ley Ordinaria?

AB: Una de las tantas bondades del proyecto de Ley Estatutaria de la Salud es que por técnica legislativa está diseñada para que los modelos que sean adoptados tanto por la Ley Ordinaria del Gobierno o más adelante por cualquier otro actor con iniciativa legal, sean aplicables, evitando que la ley obedezca a situaciones temporales y por ende esté llamada a perdurar.

AVS: ¿Qué diferencias existen entre el proyecto de Ley Estatutaria del cual es ponente del otro proyecto actualmente liderado por Luis Carlos Avellaneda, Jorge Eduardo Londoño y Luis Fernando Velasco?

AB: Las diferencias estriban principalmente en el alcance al derecho fundamental a la salud que le da cada ponencia. En el caso particular del grupo del senador Avellaneda, se pretende que el concepto de la salud incluya aspectos como medio ambiente sano, temas de alcantarillado, vivienda digna, entre otros, lo cual compartimos plenamente; sin embargo, creo que si no somos cuidadosos en el impacto que genera esa extensión al derecho a la salud un tanto abrupta, podría desencadenar en una inviabilidad del Estado en términos fiscales, políticos y jurisdiccionales. A su vez, generaría un caos frente a los funcionarios competentes para su garantía, aspectos que en vez de ser un beneficio se pueden traducir en un riesgo más a la salud de los colombianos. Ese tipo de cambios toman su tiempo como ha ocurrido en contextos modernos como los europeos, por eso la ponencia que presenté es bastante garantista, pero basándome en el alcance dado por la Corte Constitucional a la salud, especialmente a la muy conocida sentencia T-760 de 2008.

AVS: El proyecto de Ley Estatutaria del cual es ponente ¿acogió algunas de las iniciativas planteadas en los otros proyectos de Ley Estatutaria que presentaron en Senado y Cámara en el segundo semestre del 2012?

AB: La mayoría de aspectos regulados en el proyecto de Ley Estatutaria –ampliamente socializados- son el producto de la intención de diferentes sectores políticos que integran el Congreso. Recordemos que hubo una acumulación a varios proyectos, por tal motivo me atrevo a decir que la ponencia refleja en buena medida el querer de los parlamentarios y del Gobierno en el concepto que debe tener el derecho fundamental a la salud en un Estado Social de Derecho.