1. Usted puede llegar a representar el Estado, y es precisamente el Estado quien debe tener la capacidad para reflejar lo que es más prioritario e identificar qué es lo que genera más impacto en la salud de las personas. En ese orden de ideas, ¿usted por dónde comenzaría?
Por la implementación de una política pública de salud en promoción y prevención, en los países con mejores indicadores en la satisfacción del derecho a la salud los sistemas que aplican políticas de promoción de la salud y prevención de las enfermedades, en hábitos saludables y estilos de vida, son los de más expectativa de vida... si el sistema se concentra en atender la enfermedad y no prevenirla en un sistema supremamente costos y no podrá responder a la demanda acrecentada de enfermedades.
Así mismo el enfoque de gestión del sistema en el manejo financiero es inadecuado, la preocupación de los administradores de la salud, es la sostenibilidad financiera del sistema y la garantía del derecho salvar vidas y mejorar la salud de los colombianos pasa a un segundo plano.
2. ¿Qué estrategia tiene planeada para comprometer a las EPS a que asuman su objetivo misional "de gestionar los riesgos en salud" y que el aseguramiento no esté centrado en el manejo financiero?
La estrategia es decisión política de cumplir el mandato constitucional y el bloque de constitucionalidad, como el marco jurídico que ha planteado la corte que resume la salud como un derecho , el que no debe ser sometido a una estructura de intermediación por gestoras o EPS que en ultimas, desvían recursos y restringen servicios a los pacientes.
La información estratégica del sistema de salud la debe recaudar, procesar y administrar el Estado, y no las EPS o Gestoras que deciden que reportan para la gestión del riego en salud y lo administran.
Así mismo es necesario fortalecer las medidas de sanción a las EPS o Gestoras y someterlas a un régimen estricto de rendición de cuentas, supervisado por veeduría ciudadana, y un amplio espectro de entidades que ejerzan control sobre como se ejecutan los recursos de la salud, que aunque pasen a su administración son recursos públicos que deben ser ejecutados con transparencia.
3. ¿Debe primar la autonomía médica (la libertad que tienen los médicos para recetar cualquier medicamento disponible en el país) por encima de las barreras administrativas encaminadas al control del costo para los agentes?
La autonomía del medico es la única garantía que tiene un paciente para el ejercicio del derecho, la Ley estatutaria a la salud no garantiza la autonomía medica mientras se mantenga la integración vertical y las fuertes presiones que sobre los médicos ejercen las administradoras para que se restrinjan derechos so pena de ser castigados negándoles contrato y estabilidad laboral.
4. ¿Debe mantenerse la figura de la tutela en el sistema de salud?
Indudablemente la tutela es la mayor conquista de la constitución del 91, que hoy esta en cuidados intensivos frente al atentado que se le hizo con el acto legislativo de sostenibilidad fiscal y que reglamentado atenta contra los fallos proferidos por autoridad judicial al permitirse el incidente fiscal contra derechos concedidos en los fallos de tutela.
Es decir si alguien le tutelan derecho a ser atendido oportunamente, este fallo puede ser objetado por la regla fiscal y pospuesto para su cumplimiento, es decir para evitar encarcelamientos por incumplimiento a fallos de tutela , la unidad nacional y el gobierno de Santos inventan trampas a la acción de tutela.
5. ¿Usted tiene propuestas concretas para el Congreso de la República que apunten a que la población pueda llegar a la vejez libre de enfermedad y discapacidad, más aún cuando el país tiene cada vez más problemas cardiovasculares y enfermedades crónicas no trasmisibles como el consumo de tabaco, una dieta malsana, la inactividad física y el abuso del alcohol?
La política de promoción y prevención es la solución para que una población no tenga que encontrarse con la enfermedad y la discapacidad en la vejez, los hábitos de vida saludable inculcados en la sociedad son parte de la garantía de éxito de una población con bajas tasas de enfermedad y discapacidad en la vejez.
6. ¿Está usted de acuerdo con la Ley Estatutaria que aprobó el Congreso? ¿Considera que con lo aprobado en esta ley se está garantizando el goce efectivo del derecho a la salud?
Votamos negativa la Ley Estatutaria por que desconoce el núcleo esencial del derecho a la salud universalidad, accesibilidad, garantía, calidad, gratuidad.
En el DERECHO SUPEDITADO AL PAGO La vinculación del concepto solidario de pago mantiene una vez mas en vilo el ejercicio pleno del derecho y acceso a la salud, pues en esta ley estatutaria del gobierno se mantiene la perversa prerrogativa de pagos y cuotas moderadoras, cuando en la esencia del Estado Social de Derecho la salud debe ser gratuita y sin barreras de acceso, incluir como "deber" de las personas "contribuir Solidariamente al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago" no hace otra cosa que justificar por ley estatutaria los copagos y cuotas moderadoras que tanta exclusión producen, en especial a los más pobres, a la hora de "requerir con necesidad" un servicio de salud.
Si todos los ciudadanos aportamos al sistema, tanto a través de contribuciones parafiscales como de impuestos generales y de destinación específica, y estos recursos se concentran en un fondo público, no debe existir barrera económica alguna a la hora de necesitar una atención en salud. En esto consiste el principio de gratuidad que hoy se defiende en el ámbito internacional como un ordenador de los sistemas de salud.