La CGR dentro sus funciones constitucionales de hacer vigilancia a las políticas públicas sectoriales y salvaguardar los recursos asignados para desarrollar dichas políticas y procurar su restitución cuando han sido desviados generando detrimento al patrimonio del estado, siempre ha observado, respetado y seguido lo que la Corte Constitucional ha definido sobre la salud como derecho fundamental, la responsabilidad del Estado en garantizarle dicho derecho a los colombianos y la naturaleza pública de los recursos de la salud.
Resulta prioritario para la CGR defender la concepción de la salud como un derecho fundamental. Dicha afirmación constitucionalmente cierta, permite entender la trascendencia y alcance que para nuestro Estado Social de Derecho tiene su efectiva protección.
Este principio estructural del Estado Colombiano – el ser social y democrático de derecho‐, trae consigo la obligación inherente de disponer que toda la actividad que desarrolla, se encaminen a la garantía de los derechos fundamentales de quienes en él habitamos. Es el Estado el que se debe a los ciudadanos y no lo contrario.
Por lo anterior, causa inmensa preocupación el hecho de que los diferentes órganos estatales no comprendan aún los compromisos de un Estado Social de Derecho, como no otorgarle la debida importancia al derecho a la salud, situación que ha ocasionado que la sociedad colombiana se pueda catalogar hoy de "enferma", (Corte Constitucional).
Información enviada por: Dr. Ulahy Beltrán, Asesor Salud CGN.