Financiamiento

Resolución 532 de 2017 - Mipres aplazado y con nuevas condiciones

A través de la Resolución 532 de 2017 el Ministerio de salud aplaza la entrada en vigencia de la norma hasta el 1 de abril, a las instituciones prestadoras y aseguradoras que no estaban listas para brindar a los pacientes, acceso sin barreras a las tecnologías prescritas a través del aplicativo, por problemas operativos, administrativos y técnicos.

Obligaciones para las EPS en MIPRES

  • Garantizar el suministro oportuno a través de la red de prestadores definida de los servicios y tecnologías en salud no financiadas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC prescritos por los profesionales de la salud.
  • Recaudar los dineros pagados por concepto de COPAGOS.
  • Cumplir con los requisitos y procedimientos definidos para la presentación de las solicitudes de recobro o cobro.
  • Disponer de la infraestructura tecnológica y de las condiciones técnicas y administrativas requeridas para que el reporte de prescripción funcione oportuna y eficientemente en el marco de sus obligaciones.
  • Realizar las validaciones administrativas orientadas a determinar la existencia del usuario, su régimen y el estado de afiliación y en caso de encontrar inconsistencias relacionadas con identificación y afiliación, resolverlas dentro de las doce (12) horas siguientes sin que se ponga en riesgo la prestación del servicio.
  • Realizar la transcripción de los servicios y tecnologías ordenadas mediante fallos de tutela en el aplicativo dispuesto para tal fin o en los casos de contingencia.
  • Reportar al Ministerio de Salud la información necesaria relacionada con el suministro efectivo de los servicios o tecnologías de que trata esta resolución.