Financiamiento
Decreto 2117 de 2016 - Amplían a 10 años periodo de habilitación financiera de las EPS
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2117 de 2016 el cual modifica el Decreto 2702 de 2014 y el Decreto Único de Salud con el fin de flexibilizar las condiciones de solvencia financiera de las entidades promotoras de salud del Régimen Subsidiado y Contributivo.
El Decreto 2702 de 2014 establece las condiciones de habilitación financiera para las EPS, el cual debe garantizar que las entidades tengan las condiciones para manejar los recursos SGSSS, las cuales deben cumplir con un monto mínimo que les permita acreditar su solvencia financiera, en un plazo de siete años para su cumplimiento.
Entre las modificaciones que hace el Gobierno Nacional en el Decreto 2117 de 2016 se encuentra:
- El proceso de reorganización institucional, el patrimonio adecuado, la inversión de las reservas técnicas y los plazos de transición.
- Establece que las EPS que acrediten las condiciones de avance allí requeridas, tendrán la posibilidad de acceder a un plazo de 10 años contado a partir del 23 de diciembre de 2014, para realizar el periodo de transición y el cumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia.
- Determina que “los porcentajes para cubrir el defecto de capital mínimo, patrimonio adecuado e inversión de reservas técnicas, podrán ser ajustados por la EPS y aprobados por la Superintendencia Nacional de Salud, a partir del 23 de diciembre de 2017.