Financiamiento

Resolución 6066 de 2016 - Plazos para conciliar cuentas por cobrar y pagar entre las EPS e IPS

La Resolución 6066 de 2016 establece las condiciones, términos y fechas para la aclaración de cuentas y saneamiento contable entre las EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS.

Por otro lado, esta resolución determina que tanto las EPS como las IPS deben depurar las cuentas por pagar, cuentas por cobrar, consignaciones pendientes por identificar, glosas y convenios sin liquidar que correspondan al pago de servicios de salud, en los estados financieros como en los demás reportes contables y de cartera obligados a presentar, de tal forma que estos sean confiables y razonables. Una vez se haya realizado la aclaración de cuentas con las IPS, las EPS deben expedir el Certificado de Reconocimiento de Deuda, que contendrá los términos establecidos en los Anexos Técnicos 1 y 2 que viene en la presente Resolución (6066 de 2016).