Editorial: del SOAT y otros seguros
Augusto Galán Sarmiento MD. MPA
Director Centro de Pensamiento Así Vamos en Salud
En medio de las discusiones de la reforma a la salud en el Congreso, el ministro del ramo propone acabar con el SOAT y atender a los pacientes accidentados con el seguro general de salud. De la manera como quedó planteada, parece ser una idea suelta, con bastante improvisación y sin un plan claro para proceder. Las declaraciones del director de la ADRES así lo deja ver al referirse a las afirmaciones del ministro.
Desde el punto de las personas y de los usuarios y pacientes, y ante el marco establecido por la Constitución, debería existir un solo seguro de salud para todos, con los mismos beneficios e idéntica calidad. En la realidad hemos avanzado mucho en unificar el seguro social en salud y sus beneficios para la protección de la enfermedad general y la maternidad; pero nos falta ajustar una completa universalidad. Veamos.
El 94,8 por ciento de la población colombiana se halla afiliada al denominado Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Sin embargo, el 4.2 por ciento adicional lo está en los denominados regímenes especiales (el magisterio, Ecopetrol y las FF.MM) con beneficios semejantes, pero con un gasto financiero sustancialmente más alto que el destinado per cápita para el SGSSS. Por ejemplo, el costo en salud de Ecopetrol nos muestra que el gasto anual por persona en esta entidad estatal es 13 veces más alto. Además, los afiliados en esos regímenes no tienen libertad de elección.
La discusión sobre la unificación de los seguros de salud se ha soslayado desde cuando las presiones políticas condujeron a la determinación de crear esos regímenes exceptuados, durante las discusiones de la Ley 100. Así, no se cumplen plenamente los principios de universalidad, solidaridad y eficiencia definidos por la Constitución Nacional en sus artículos 48 y 49 para toda la población.
Adicional a ellos, en relación con los accidentes de tránsito y con la enfermedad y los accidentes laborales, también la Ley 100 permitió abrir dos seguros separados del SGSSS. El SOAT para los primeros y el de Riesgos Profesionales para los segundos. La realidad es que estos seguros han generado ineficiencias y barreras de acceso para los usuarios y pacientes.
En cuanto al SOAT, para recibir el servicio inicial, aparentemente no hay barreras, porque cuando sucede el accidente pueden llegar varias ambulancias a recoger el paciente para trasladarlo a una clínica u hospital. Pero muchas conducen a los accidentados no a la mejor y más cercana, sino a aquella que maneja ciertos “incentivos” con las ambulancias. Luego de ello, agotan aceleradamente el valor de la cobertura del seguro y exigen el traslado porque “ya no lo podemos atender en esta clínica”; a partir de lo cual se puede iniciar un viacrucis para el paciente y su familia.
De otra parte, la evasión del seguro SOAT se encuentra en alrededor del 50 por ciento del parque automotor de automóviles, camiones y motocicletas. Además, la medida adoptada por el Gobierno Nacional en noviembre de 2022, de disminuir el monto de la prima para motos, lo que hizo fue reducir el recaudo e incrementar la siniestralidad. El seguro SOAT no debe desaparecer, pero si debiera incorporarse a la financiación del SGSSS, atacando además la evasión y la elusión que se presenta en él.
En cuanto al seguro por Riesgos Laborales, la pregunta que complementa esta reflexión general sobre el aseguramiento es si se necesita tener tres seguros para ser atendido dependiendo de si el accidente sucede en la casa, la calle o el lugar de trabajo. Junto a esto, es complejo definir si determinadas enfermedades se presentan por la exposición a riesgos laborales o se originan en una enfermedad general, porque muchas veces hay multicausalidad en su etiología. Una parte de la cotización a este seguro debería incorporarse a la financiación del SGSSS. Esto no puede desconocer que los accidentes y las enfermedades laborales generan unas prestaciones económicas por invalidez o muerte que no deben estar a cargo del Sistema de Salud y requieren de una financiación y una operación separada de la atención de salud.
De acuerdo con nuestra Constitución, tenemos derecho a una seguridad social irrenunciable y a un derecho fundamental a la salud. Terminar de unificar el aseguramiento para que todos los colombianos tengamos el acceso oportuno a los mismos beneficios y con calidad homogénea es la meta que nos debemos proponer. Hemos avanzado mucho en esa dirección y seguiremos haciéndolo. La universalidad de los beneficios debe lograrse y estar claramente financiada. No se trata de sobrecargar de responsabilidades a un SGSSS que ya se encuentra desfinanciado. Se necesitan decisiones basadas en estudios actuariales, en la evidencia y en el cumplimiento de nuestra Constitución.