Editorial: motivos expuestos
Augusto Galán Sarmiento MD. MPA
Director Centro de Pensamiento Así Vamos en Salud
El gobierno nacional radicó nuevamente un proyecto de ley para transformar el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS); y nuevamente presentó la misma propuesta; ratificado por el propio ministro de salud en la rueda de prensa en la cual lo presentó. Quizá la variación que hay en este proyecto tiene que ver con la exposición de motivos que lo acompaña; el diagnóstico que hace el gobierno para justificar su reforma. En esta ocasión demuestra mayor estudio y un análisis más extenso en once capítulos que están mejor redactados y diagramados que la vez anterior.
Que esto último sea así, no quiere decir que el diagnóstico sea más objetivo y tenga en cuenta todas las aristas que el desarrollo del SGSSS ha tenido en estos últimos 30 años. Se queda corto en ello. Hay aspectos válidos en su diagnóstico, como la necesidad de mejorar las condiciones laborales del talento humano en salud, así como la de fortalecer la infraestructura hospitalaria pública. También es cierto que se requiere cerrar la brecha de la inequidad entre en las zonas rurales y las urbanas. Sin embargo, quedan expuestos los sesgos que tiene el gobierno en su análisis, así como el propósito que lo guía para hacer los cambios. Miremos algunos.
El gobierno nacional insiste en la Atención Primaria en Salud (APS) y en la prevención de las enfermedades como la panacea para lograr que las personas vivamos casi sin representar costos para el sistema de salud. Aunque es muy importante fortalecer la APS para buscar mayor resolutividad a menor costo y se requiere fortalecer el autocuidado para que las personas vivamos con mayor bienestar, no ha sido demostrado por la evidencia científica que los costos globales de un sistema de salud disminuyan con ello.
No es solo invocando los buenos deseos como se va a lograr, entre otras razones porque el envejecimiento de la población -que es un logro social inmenso que nuestro país está alcanzando y otros ya han alcanzado- genera mayor aumento en los costos de los sistemas de salud por el incremento concomitante por la edad de las enfermedades crónicas no transmisibles. Esa es una realidad que presentan los países más desarrollados, a pesar de que tienen sólidos programas de prevención y de APS. Además, estos énfasis en modelos de atención no requieren que arrasemos con el SGSSS que tenemos en Colombia y sí son una ayuda para fortalecerlo.
Otro sesgo que muestra la exposición de motivos para justificar la propuesta del gobierno es el de señalar que el SGSSS no ha tenido control ni vigilancia y que sus agentes han hecho lo que han querido a lo largo de los últimos 30 años. No es cierto; este sistema ha estado hiperregulado por el Estado. A las aseguradoras el gobierno nacional les define el valor que pueden recibir por usuario al año, así como también el plan de beneficios que deben atender; inclusive algunos aspectos de la contratación están regulados. Además, la vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud y de la Contraloría, y más aún, la del aparato judicial y la Corte Constitucional, han sido permanentes a lo largo de estos tres lustros. Vigilancias que han tenido consecuencias legales y administrativas sobre diferentes agentes públicos y privados del SGSSS e inclusive sobre agentes políticos regionales y nacionales. Hacer más efectiva la vigilancia y el control no requiere desmantelar el SGSSS y si es otra ayuda para fortalecerlo.
La exposición de motivos se limita a invocar el derecho a la salud como algo que debe darse por sentado, pero no desarrolla aspectos importantes, establecidos en la Sentencia T-760 para su desarrollo, como el que tiene que ver con la definición del núcleo esencial del derecho, que necesita tener en cuenta la dignidad de las personas, así como las condiciones socioeconómicas de los ciudadanos y la capacidad financiera del Estado; y el principio de progresividad en el acceso al plan de beneficios en salud, lo que también responde, entre otros aspectos, al contenido del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales-PIDESC- que hace parte de nuestro bloque de constitucionalidad. Otro sesgo más, carente de objetividad en la evaluación.
El análisis sobre la evolución de las aseguradoras también es estrecho y focalizado en desaparecerlas y para nada revisa la incapacidad presupuestal que se ha establecido para financiar ese maravillo plan de beneficios en salud (PBS) que pretendemos como sociedad. El origen de las dificultades del sector salud que plantea la exposición de motivos se encuentra en la necesidad de conseguir los recursos para lograr atender ese PBS y poder desarrollar la oferta de recursos humanos y de infraestructura física, tecnológica y digital que nos permita el acceso oportuno y con calidad a los servicios de salud para todos los colombianos. Nada de esto lo mencionan.
Este es un resumen somero de algunos motivos expuestos por el gobierno nacional en su proyecto de ley, que a pesar de estar mejor redactados y mejor presentados, no dejan de mostrar el voluntarismo ideológico que tiene por desaparecer un SGSSS que ha demostrado resultados pero que no quieren.